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Por fraude a la Constitución y emitir sentencias arbitrarias destituyen a magistrados

A los magistrados se les señala como causal para ser destituidos, el haber emitido sentencias arbitrarias y discriminatorias, revivir normas derogadas e incorporar medidas cautelares a los actos reclamados en procesos de inconstitucionalidad.

Por fraude a la Constitución de la República, emitir sentencias arbitrarias y considerarse como un «super poder» para subordinar y estar sobre los Órganos Legislativo y Ejecutivo, fueron destituidos los cinco magistrados de la Sala de lo Constitucional y sus suplentes.

En la pieza de correspondencia que ingresó a la Asamblea, con dispensa de trámite, se plasma una clara violación del Artículo 86 inciso tercero de la Constitución al tomarse facultades que no están expresamente autorizadas en la Carta Magna.

A los magistrados se les señala como causal para ser destituidos, el haber emitido sentencias arbitrarias y discriminatorias, revivir normas derogadas e incorporar medidas cautelares a los actos reclamados en procesos de inconstitucionalidad.

A los magistrados se le reprocha haber puesto en riesgo inminente la vida y la salud de los ciudadanos al dictar sentencias que bloquearon al Ejecutivo las diversas medidas sanitarias para contrarrestar los contagios por COVID-19.

Dentro de las arbitrariedades en las que según los diputados incurrieron los magistrados están la violación de la separación de atribuciones y competencias del Órgano Ejecutivo y Legislativo al ordenarles a legislar con plazos y el contenido que debían tener las leyes.

Según los diputados de Nuevas Ideas que propusieron la destitución, la Sala de lo Constitucional con su «arrogante intromisión» se pasó llevando hasta a la Fiscalía General de la República al restringirle al titular de esa institución la dirección técnica y funcional de la Unidad de Investigación Financiera.

Aún más grave, les reprochan la conducta adoptada para «derogar indirectamente» el Código de Salud, «restando facultades necesarias e indispensables para el control de la pandemia, transgrediendo con ello lo establecido en el artículo 1 y 2 de la Constitución que garantizan el derecho a la vida y la Salud».

La Sala se tomó atribuciones en materia de salud al declarar ilegales los decretos ejecutivos que permitían a Salud adoptar medidas como cercos sanitarios, cuarentenas y restricciones para el ingreso de salvadoreños y extranjeros en plena pandemia.

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Redacción LPT

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