El régimen de excepción ha dinamizado los 18 Tribunales contra el Crimen Organizado que el 1 de julio de 2023 comenzaron a procesar a pandilleros por agrupaciones ilícitas y delitos complejos como trata de personas, narcoactividad y lavado de dinero.
Estas sedes judiciales nacieron como Juzgados Especializados de Instrucción, que conocían de la audiencia de imposición de medidas [primera del proceso penal] y audiencia preliminar donde se determinaba si un acusado iba a juicio.
Luego estaban los Juzgados Especializados de Sentencia que exclusivamente realizaban la vista pública para definir condena o absolución de un procesado. Las resoluciones de esos juzgados eran conocidas por dos Cámaras Especializadas.
Desde el pasado 1 de julio, esos juzgados pasaron a ser Tribunales contra el Crimen Organizado y cada uno al recibir expedientes deberán conocer de las tres etapas procesales. Impondrán medidas de detención, definirán si envían o no a juicio y además condenarán o absolverán a un acusado.
Dentro de su función jurisdiccional deberán aplicar las últimas reformas a la ley, entre ellas el aumento de pena de 45 a 60 años de cárcel a cabecillas de pandillas por el delito de agrupaciones ilícitas.
Tendrán que analizar una serie de diligencias fiscales consistentes en el empleo de las tecnologías, valorar los aportes que hagan colaboradores nacionales o extranjeros que participen en una operación encubierta bajo cualquier modalidad.
Avalarán evidencias obtenidas de forma urgente por parte de la Fiscalía, además los jueces en cualquier fase del proceso, que el fiscal del caso considere necesario, deberá recibir la declaración anticipada de un testigo, víctima o perito.
En cuanto al registro de adolescentes, los jueces conocerán casos de menores de edad y específicamente una enmienda la cual menciona que «en caso que se investigue o se tramiten judicialmente los delitos establecidos conforme a la presente ley y hayan sido presuntamente cometidos por adolescentes, la Policía Nacional Civil deberá llevar un registro de los mismos en los que se podrá incorporar cualquier información útil para identificación de la persona, inclusive su fotografía».
Origen de ley
La ley que dio origen a estos tribunales fue aprobada en 2007 con el nombre de Ley contra el Crimen Organizado y Delitos de realización Compleja, pero en julio de 2018 fue modificada y denominada Ley contra el Crimen Organizado, y en octubre de 2022 se reformaron una serie de disposiciones de dicha normativa con el fin de corregir la concepción de crimen organizado y la forma en que se iban a procesar a los adultos y menores y sus respectivas etapas.
Las últimas modificaciones a la ley son las relativas a la incorporación de pruebas y aumento de la pena.
Los nuevos Tribunales Contra el Crimen Organizado son pluripersonales integrados por cuatro jueces propietarios, uno de los miembros del tribunal es juez de menores y conoce exclusivamente del juzgamiento cuando concurra un proceso junto con adultos, se le denomina juez de garantías para el menor.