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Presidente Bukele manifiesta que Estado de Emergencia aprobado por la Asamblea no será suficiente para combatir el COVID-19

Con 84 votos los diputados de La Asamblea Legislativa aprobaron este sábado en sesión plenaria el estado de emergencia nacional, estado de calamidad pública y desastre natural en todo el territorio de la república solicitado por el Gobierno, lo que permitirá medidas excepcionales por 30 días para hacer frente a la pandemia del COVID-19 que ha puesto en crisis al mundo, pero que hasta el momento no hay casos confirmados en el país, según las autoridades.

Sin embargo, el presidente Nayib Bukele, anuncio a través de su cuenta de twitter que esto solo les da un 20% de las herramientas necesarias para enfrentar la pandemia del COVID-19 el restante 80% se lo daría el Régimen de Excepción que la Asamblea no aprueba.

El mandatario recalcó que aprobar dicho decreto es de vital importancia para el Gobierno para poder combatir el virus como lo están haciendo los países europeos, pero en el caso salvadoreño por constitución, aprobar dicho régimen le corresponde a la Asamblea Legislativa.

Los alcances que abarca el Estado de Emergencia son:

  • El Estado de Emergencia tiene vigencia para 30 días a partir del momento aprobado, en el que el Ministerio de Salud deberá hacer todo lo posible para dar respuesta a la pandemia.
  • Se limita la circulación por todos los medios de transporte en lugares que pusiesen resultar afectados.
  • Se faculta al gobierno de limitar las concentraciones de personas.
  • La Defensoría del Consumidor fijará precios a algunos artículos que tengan relación directa con tratar la enfermedad, esto tiene por finalidad “prevenir el acaparamiento de estos productos”.
  • El Ministerio de Salud podrá hacerle las pruebas por Covid-19 a toda persona que resulte sospechosa del virus y debe acatar una cuarentena obligatoria siempre y cuando se sigan “las reglas sanitarias internacionales”.
  • El Ministerio de Salud debera garantizar que haya todo lo necesario en tema de salud en los centros de aislamiento. 
  • La comisión de Protección Civil tendrá la facultad de limitar o restringir la circulación de personas que puedan ser portadores de coronavirus.
  • La comisión de Protección Civil deberá asegurarse de brindar atención, control, salud, alimentación a la población que está en cuarentena en lugares de aislamiento.
  • Los trabajadores que sean sometidos a cuarentena no podrán ser despedidos ni tampoco objetos de descuento de salario, tendrán estabilidad laboral por tres meses al salir de cuarentena.
  • Los profesionales de la salud, técnicos, auxiliares, higienistas, asistentes vinculados a la salud, a los que se dediquen a labores administrativas o de servicios deberán “prestar sus servicios personas, con carácter ‘ad honorem’».
  • El Ministerio de Educación debera mantener la suspensión de las clases en todos los niveles, públicos y privados, estas estarán suspendidas por un período de 30 días.
  • El Estado estará facultado para “suspender las labores de los empleados públicos, municipales” siempre que las labores no sean “vitales”.
  • La Policía Nacional Civil y la Fuerza Armada deberán prestar toda su colaboración al sistema de protección civil y los soldados “auxiliarán a la población, prestando servicios que le fueren requeridos”.
  • El Ministerio de Gobernación, La Policía Nacional Civil y la Fuerza Armada deberán informar cada 15 días a la Asamblea Legislativa de las acciones que se están realizando en el marco de la emergencia.
  • El Ministerio de Hacienda esta autorizado a gestionar recursos con entidades nacionales o multilaterales, países amigos u agencias de cooperación a fin de combatir la emergencia.
  • Las trasferencias presupuestarias entre instituciones del Estado tendrán carácter “urgente” para la Asamblea Legislativa.
  • Se autoriza al Estado a hacer contrataciones directas, según la Ley de Adquisiciones y Contrataciones (LACAP), siempre relacionado a resolver la emergencia.

Redacción LPT

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