A partir de las 00:00 de este domingo entró en vigencia el Decreto Ejecutivo 24 emitido por el Gobierno que desplaza a los decretos 22 y 23 lanzados el pasado jueves para regular la cuarentena especial, sin embargo, el Ejecutivo ha aclarado que será el mas reciente el que regirá la cuarentena durante los próximos 12 días.
El nuevo decreto establece la circulación del transporte público pero solo bajo la excepción de ayudar a movilizarse al personal de salud, en el articulo 3 inciso 5:
«El transporte público de pasajeros podrá circular únicamente para movilizar al personal de salud debidamente identificado.»
Sobre el transporte personal privado, el decreto establece:
«Transporte privado de personal. La administración pública y los empleados privados autorizados para funcionar deberán proveer el transporte a trabajadores desde el lugar de su residencia a su trabajo y viceversa, sin ningún costo. El Gobierno brindará a todas las personas con enfermedades crónicas, cáncer insuficiencia renal, diabetes, terapias y otras enfermedades análogas transporte gratuito desde su casa al hospital y viceversa».
Por otra parte, el artículo 4 también hace excepción a los policías, militares y el personal de salud que están haciendo un arduo trabajo para combatir la pandemia por COVID-19 y especifica que no están obligados a presentar su Documento de Único de Identidad (DUI) para poder ir al supermercado, farmacia, o a una agencia bancaria.
«Los supermercados, farmacias y bancos tendrán la responsabilidad de exigir y verificar que el número de DUI de sus clientes corresponda al día que realicen sus compras… lo dispuesto no tendrá aplicación cuando se trate de: Trabajadores de la salud, agentes de la PNC y elementos de la Fuerza Armada».