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Cámara admite pruebas para que Medardo González declare en juicio civil por enriquecimiento ilícito

La Cámara ha programado la audiencia probatoria que es la última del juicio civil, para el 11 de septiembre, en esa diligencia se determinará si el exdiputado es o no condenado por enriquecimiento ilícito

La Cámara Tercero de lo Civil de la Primera Sección del Centro de San Salvador, admitió ayer para la audiencia probatoria, la declaración del exsecretario general del FMLN, Medardo González y su esposa Sonia Ernestina Paredes de González, ambos demandados por enriquecimiento ilícito junto a sus dos hijos.

El exfuncionario y su cónyuge tendrán la oportunidad de rendir su declaración y exponer sus argumentos cuando se realice la última audiencia del juicio civil por enriquecimiento ilícito por la cantidad de $153,346.55 que le atribuyen los fiscales de la Unidad Especializada Delitos de Corrupción.

En la audiencia preparatoria que comenzó el pasado lunes la Fiscalía General de la República (FGR) ha presentado a los magistrados documentos y ofrecido testimonios de personas para fundamentar la demanda.

Una de las pruebas claves fue la incorporación de una pericia financiera contable con la cual el ministerio público pretende probar el incremento patrimonial no justificado del exdiputado y su núcleo familiar.

La Cámara ha programado la audiencia probatoria que es la última del juicio civil, para el 11 de septiembre, en esa diligencia se determinará si el exdiputado es o no condenado por enriquecimiento ilícito.

“La honorable Cámara Tercero de lo Civil ha admitido todos los medios probatorios ofertados por la representación fiscal y este día específicamente la prueba pericial judicial financiera contable”, sostuvo una fiscal de anticorrupción.

La representante del ministerio público dijo que se habían propuesto 12 puntos de pericia, pero ante la contestación al análisis que hicieron los demandados, se agregaron otros dos puntos relacionados a los hijos del exfuncionario. Son 20 piezas que contienen documentación sobre los bienes que forman parte del patrimonio de los demandados.

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Redacción LPT

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